21 abril 2026

Teatro Victoria Eugenia. El efecto avestruz.

He de reconocer que existen conflictos que me generan debates internos al tratar sobre algunas cuestiones vinculadas con conductas impropias en la administración pública de teatros. Afectado desde ese enfoque retomo un tema que ya he tratado ampliamente aportando ahora más información (PDF adjunto). Completamos la serie de artículos relacionados con el accidente de tramoya ocurrido en el escenario del teatro Victoria Eugenia.

Hace cuatro años (2022) que la Comisión de Seguridad y Salud Laboral a través de acta n.º6/2022 con fecha 15-09-2022 adquirió el compromiso obligatorio mediante Ley 31/1995, de investigar el accidente ocurrido en el escenario del Teatro Victoria Eugenia con una máquina de tramoya aérea. El deber de investigación se vió subrogado por el incumplimiento del compromiso hasta el día de hoy. Si ese hecho fuera un delito sancionable, presuntamente llevaría asociado el agravante de dilación indebida. En el punto 4 analisis de los accidentes laborales que causan baja se recogía dicho asunto en los siguientes términos:

Teatro Victoria Eugenia (Técnico de Escenario). Accidente manipulando varas. Se va a investigar. Para evitar el riesgo, se está estudiando la posibilidad de motorizar las varas.

Como solución para evitar ese tipo de accidentes con varas contrapesadas, sin iniciar previamente proceso de investigación alguno sobre lo sucedido, en el seno de la Comisión de Seguridad y Salud Laboral se plantean evitar riesgos presentes y futuros determinando sin amparo pericial, que los riesgos acaecidos se solventan migrando hacia un sistema de tramoya de elevación motorizado. Aquí se me ocurre recurrir a la paradoja del leñador que sufre un accidente leve con una sierra manual y que para evitar estar expuesto al mismo percance, se pone a su disposición una motosierra.

Ciñéndonos al acta nº6/2022 del CSSL tratamos de evaluar las implicaciones del contenido recogido en el punto 4 expresado en el acta de modo somero. Así que procedemos:

  • El Dir. del departamento de producción (encargado de recabar información para el IGATT) como miembro integrante del Comite de Seguridad y Salud Laboral (CSSL), en notificación preliminar relacionada con los accidentes laborales ocurridos, sin tan siquiera iniciar proceso de investigación reglado, sugiere que los riesgos de runaways con varas contrapesadas se erradican desmantelando el sistema de tramoyas de varas contrapesadas. No vamos a entrar en valorar disquisiciones que culminan en perogrullo, pero en el desarrollo de su línea argumental, ese mismo miembro responsable de área ofrece una única propuesta de cariz disruptivo como alternativa, proponiendo el reemplazo de máquinas de tramoya de ingeniería y uso moderadamente simple, por otras con tecnología infinitamente más compleja y cuyo manejo requiere mayor experiencia y cualificación especializada de grado superior. Este tipo de propuestas adquieren visos de racionalidad exclusivamente en operativas ejecutorias restringidas a técnicos de tramoya con bagaje adicional de conocimientos mecatrónicos, automatización escénica y trayectoria sólida en cálculo de aparejos de elevación aplicados a máquinas de tramoyas neoclásicas. El Dir. de producción debería conocer que la automatización de varas de tramoya permite el desarrollo de velocidades, aceleraciones y magnitud de cargas, de rango que exceden las capacidades de un sistema manual de varas contrapesadas con una relación de carga 2:1 como el que está dotado el teatro Victoria Eugenia, y por lo tanto, operar de manera inadecuada tramoyas motorizadas entraña riesgos que superan los que se pretenden combatir.

  • En la interacción máquina-trabajador, se exonera el factor humano y en consecuencia se aboga por la inexistencia de actos de impericia y negligencia-imprudencia profesional, por lo tanto se infiere, que el accidente es atribuible taxativamente a la máquina de tramoya. En cualquier caso, debo aclarar que en mi opinión, descartar el vector humano desafia cualquier investigación analítica basada en el árbol de causas

    Si el accidente acontece por un fallo de la máquina de tramoya, entonces parece plausible indagar acerca de la idoneidad del programa de mantenimiento licitado y su adecuidad ejecutiva, verificando que se ajustan a los estándares normativos relativos a la maquinaria escénica para el sector del espectáculo. Habrá que explicar cómo falla la máquina, qué componentes, elementos, piezas intervienen, qué propicia la falla, qué recogen los boletines de mantenimiento, ¿se habían detectado anomalías, incidentes, anteriormente? ¿es un fallo de máquina fortuito, casual, aleatorio? ¿se lo imputamos al azar?

  • Es un hecho objetivo que una mala praxis en la manipulación y mantenimiento de sistemas manuales de varas contrapesadas lleva implicito el riesgo de runaway lines set de diverso grado, siendo uno de los más severos el de colapso de la vara de sustentación de escenografías. Los procedimientos para operar sistemas manuales de varas contrapesadas están reglamentados por estándares internacionales y recogidos en los manuales de los fabricantes de dichas máquinas. Una vara contrapesada inducida a desequilibrio severo emprenderá la fuga descontrolada en velocidad, y se detendrá cuando se estrelle, pudiendo causar daños materiales costosos, lesiones incapacitantes e incluso la muerte.

  • Es importante investigar los accidentes leves de los que se deduzca una mayor potencialidad lesiva. Vuelvo a recordar que el objetivo principal de las investigaciones es detectar las causas de los accidentes ocurridos para evitar su repetición, se buscan causas no culpables.

  • La ejemplaridad debe guiar la conducta de los empleados públicos, por eso indigna las concesiones a transigir con la Omertá, a infravalorar un accidente laboral y a soterrar su investigación. ¿Pero qué dice la ley al respecto? Ley 31/1995 dice que hay que detectar las causas de los accidentes, por otro lado, según el artículo 12 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS), no llevar a cabo la investigación de los accidentes supone un incumplimiento calificado como infracción grave. Además, desde la impunidad arrogada nos han privado de conocer cuales son las medidas correctoras propuestas, entendiendo como tales las medidas encaminadas a evitar la repetición futura de accidentes idénticos o similares. Las medidas preventivas deben de cumplir los principios de acción preventiva recogida en el art. 15 de la LPRL.

  • Desde el prisma perceptivo que establece el CSSL con relación a evitar riesgos operando varas contrapesadas, riesgos que al parecer se solucionan erradicando dichos sistemas de tramoya, sustituyéndolos por motorización automatizada, entonces deberemos preguntarnos si esos mismos criterios serian aplicables al Antzoki Zaharra-Teatro Principal. Desde la perspectiva referenciada con anterioridad parece lógico colegir que si. El Antzoki Zaharra equipa al igual que el teatro Victoria Eugenia (VEA), un sistema de tramoya aérea con tecnología de varas contrapesadas, por lo tanto, estaría incurso en idéntica “problemática” que conllevaría la motorización integral, la automatización de la maquinaria escénica superior de elevación, si el objetivo perseguido es evitar riesgos, al igual que en el VEA.

 Acceso al informe de solicitud de información relativo al accidente ocurrido con una vara contrapesada de tramoya:


Mencionado informe contiene más de 43 inquisitoriales que no recibieron respuesta alguna, en un acto de desidia e incuria avergonzante de quienes tienen que velar por el bienestar de trabajadores y artistas, desde la presunción de ejemplaridad inherente de los teatros de gestión pública.

En dicho informe se recogen cuestiones como; accidentes con máquinas contrapesadas manuales de tramoya, accesorios de elevación, usos, cumplimientos, homologaciones, inspecciones previas a sus usos, movimientos de cargas con personas situadas debajo de las mismas, marcado CE y declaraciones de conformidad de las máquinas (R.D 1644/2008), formación especifica, capacitación, cualificación, adhesión o rechazo de la Entidad Victoria Eugenia SA a las normas EN y UNE relacionadas con el sector del espectáculo, cumplimiento de regulaciones técnicas y estándares, consideración de medidas propuestas de índole técnica para en caso de accidente recurrente las varas no caigan al escenario….

 Enlaces a artículos de opinión sobre el accidente de tramoya ocurrido en el año 2022 en el teatro Victoria Eugenia:




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