En el teatro Principal, supongo
que como en muchos otros, al bajar varas cargadas o no y siempre que
permanezcan en el escenario, nos ponemos el casco como medida de protección,
ahora bien, si vas a moverte en hombros protegido por galerías y puentes
superiores y no vas a acceder al área donde las varas están estacionadas para
trabajar en ellas, el uso del casco es superfluo, la aplicación autárquica de la norma en esas circunstancias pierde sentido. En mi
opinión, el procedimiento establecido solamente resulta útil cuando realizas
algún movimiento que implique la exposición a impacto cerebral, y la única
actividad que entraña ese riesgo es cuando el técnico transita por debajo de
las varas, circulando de una a otra, cuando éstas se encuentran en escena (ver
fotos).
Sin embargo, en el Principal como en casi todos los teatros de éste universo,
cuando las varas suben cargadas a su posición, los técnicos ya sin casco, se
mueven o permanecen estáticos durante las maniobras de ascenso, debajo de las
cargas, en las zonas de peligro. Cuando se hacen trabajos de tramoya en el
peine, los tramoyistas acceden con el teléfono, llaves o herramientas sin
umbilical de seguridad, y por supuesto el escenario o la zona de éste afectada
por el riesgo, ni se acota ni se despeja de técnicos desarrollando otras
tareas.
Y si profundizamos aún más, los que trabajen con motores categorizados como D8
podrán seguir manejando cargas, pero también deberán despejar de personas el
área de riesgo. En cuanto a los D8+, no pueden accionarse mientras haya gente
debajo de su carga, una vez detenido con su carga, técnicos y artistas sólo
pueden permanecer debajo si se le coloca un safety point.
Con las nuevas normas, UNE 311002:2020 y EN 17206:2020 la situación va a ser
que con las motorizaciones de categoría UC1 y UC2 nadie puede permanecer
debajo de la zona de peligro durante el movimiento de las cargas. Con los
motores de categoría UC3 y UC4 está permitido permanecer debajo durante el
accionamiento de las cargas, también durante los movimientos de escenografías
suspendidas en función. Para el vuelo con arnés, de artistas
(ascensos-descensos) los motores deben de tener la categoría UC5, y si los
vuelos son 3D (en cualquier dirección) las motorizaciones tendrán que contar
con la categoría UC6.
Con éste panorama, ignorar la adopción de medidas de seguridad colectivas y
poner tanto énfasis en el uso de EPIS, negando la incorporación de
exenciones conforme a las circunstancias, es no comprender el sentido de la
protección de riesgos laborales.
Obstinarse en adoptar actitudes cerriles en la gestión de PRL, no admitiendo
las interpretaciones ¿Qué aporta? Pero qué más da, mandemos al traste la
responsabilidad y no nos apeemos de la singladura de la felicidad. ¡Me
apunto!
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