Es
frecuente encontrarse en los catálogos de los fabricantes de
polipastos, reseñas similares a, “asbestos
free”, “exento de amianto” “sistema
de frenado magnético sin asbesto”…..claro
que eso ocurre ahora, precisamente cuando el amianto lleva prohibido
en Europa 17 años. ¿Pero
que ha ocurrido hasta entonces? sin intención de entrar en
alarmismos, los polipastos eléctricos han contenido asbesto en los
revestimientos de los embragues y en los ferodos del disco de su
freno…CM
utilizó en otros tiempos asbestos en los frenos de sus polipastos, y
fue demandada por trabajadores expuestos al amianto, (ver enlace) ;
https://casetext.com/case/columbus-mckinnon-corp-v-travelers-indem-co-1
Hay
otros fabricantes que también lo hacían…de
manera que probablemente aún estemos utilizando
en
nuestros teatros, polipastos eléctricos de cadena o cable que lo
contengan. ¿cómo saberlo con certeza? Hay dos posibilidades.
Encargar a un laboratorio homologado
la inspección o, indagar directamente a través del constructor del
polipasto para
que nos lo aclare.
Hemos
optado por ésta última y entonces para nuestra intranquilidad, nos
topamos con que predomina la ausencia de transparencia. Vamos,
que ni tan siquiera han contestado.
“La
Directiva de máquinas 2006/42 / EC obliga a un fabricante a
conservar el archivo técnico relacionado con la máquina y la
Declaración de conformidad que lo respalde por un período no
superior a 10 años. (Anexo II, parte C). Básicamente, el legislador
implica que después de este período de tiempo, el fabricante no
solo no está obligado a proporcionar al propietario de la maquinaria
una copia del manual de instrucciones y la declaración de
conformidad, sino que también está exento de proporcionar
explicaciones sobre su
construcción.” Y
al parecer la empresa en cuestión se ha acogido ha ese derecho.
La
situación es la siguiente; disponemos de seis unidades integradas
en una red de control CAN, en perfecto estado operativo,
marca VERLINDE,
modelo
Eurochain VL-5, fabricadas en 1995…..el amianto no se prohibió en
Francia hasta 1997, y era el país de la UE que más lo utilizaba….la
prohibición en la CE entró en vigor en 2002, en España en 2001. Así que no es difícil
imaginar nuestras sospechas ¿no?
…..por
el período de fechas no
estaríamos ante una alegalidad,
pero si ante un presunto
comportamiento de ética
comercial reprobable e imprudente….en el
prontuario de petición de piezas de recambio aparece “Brake lining
ERD42 – Not available anymore” ¿sintomático?
Me
cuesta comprender esa política de opacidad irresponsable, si
existieran unidades equipadas con frenos que integran ferodos de
amianto, los técnicos que realizan mantenimientos programados,
inconscientemente, podrían verse expuestos a un riesgo innecesario.
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