
No se puede mover la torre estando personas o materiales sobre la plataforma de trabajo. El movimiento debe ser manual, a velocidad normal de marcha de una persona. Al mover la torre, se debe comprobar que el suelo está libre de obstáculos y de restos de materiales, que pudieran trabar las ruedas en su desplazamiento.
- No se puede aplicar una fuerza horizontal sobre la plataforma superior que supere los valores indicados a continuación:Plataforma ≤ 4 m: 30 daN.Plataforma > 4 m: 2 x 30 daN.Debe tenerse en cuenta que la cifra de 30 daN es la fuerza media que puede efectuar un hombre de pie, apoyado únicamente sobre los pies.
Las
ruedas con las que se equipan andamios y escaleras son para
desplazamiento de las mismas, dado su peso y tamaño, pero no para mover materiales ni
personas subidas en ellas.
De
acuerdo que lo que recomienda una NTP no es obligatorio cumplir, pero
si ni tan siquiera el prevencionista asume que esas deben ser las
pautas de referencia, entonces a mi eso me dice demasiado acerca de
su catadura moral.
Dejo las hostilidades y en esta fría noche de Reyes Magos me voy al calor de la lumbre.
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