31 agosto 2019

Maneras de desvalorizar el teatro.


¿Tratamos sobre decisiones controvertidas? Al menos a mi me lo parecen, por concretar; se representa una segunda función de teatro, en el mismo día, 10:30 de la noche…..pongamos que con una afluencia de 150 espectadores, existen entradas de dos precios diferentes (25 y 20 €), la localidad de butaca tiene un precio y el balcón otro inferior…..la compañía de teatro es contratada por un porcentaje de lo que se recaude en taquilla….la directora de la compañía al margen del otro socio (el teatro contratante) decide que el público que ha pagado un menor precio, (balcón) se acomode en las localidades de precio superior (butaca)…..de manera que tenemos espectadores que han pagado un ¿sobreprecio?...nos encontramos ante un ¿agravio?….¿un fraude?….¿un engaño?…..¿una estafa?…¿un privilegio? ¿trato de favor? ¿existe un delito? penalmente probablemente no….pero estas prácticas parecen poco honestas, irresponsables e insensatas, pueden dar lugar a reclamaciones y denuncias….si además se realizan con cierta asiduidad, se establecen referentes perjudiciales….el público de butaca entonces ¿a pagado demás? ¿ha sido objeto de engaño y ocultación de información al consumidor?…..compañía y contratante salen económicamente ¿afectados por una pérdida de ingresos?…..si ese tipo de decisiones se toman de modo unilateral sin el consentimiento de la otra parte, ¿es un incumplimiento de contrato?….y si la decisión es adoptada por el responsable de la sala prestando servicios mediante empresa externa, ¿es causa de rescisión de la adjudicación?…..¿y si esas decisiones son arbitrarias o pautadas?.....ahí quedan todas mis dudas.


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