Parece
que las normas solamente son para que las cumplan unos pocos, los
titulares de los teatros....y ¿qué ocurre con las producciones de
las compañías en gira? ¿no están sometidos a las mismas
obligaciones? Aunque la ley no lo especifica, podríamos entender que
no, excepto en aquellas comunidades autónomas con competencias
transferidas con normativa propia que lo contemplen, de manera explícita. Vamos que si quieren armar un decorado de plásticos o papel....sin
problema. Existe un enorme vacío legal y normativo.
Documento Base del
actual Código Técnico de la Edificación DB del CTE (SI) (vigente)
¿y qué
dice?.....En los locales de espectáculos (cines, teatros....etc);
Reacción al
fuego de los elementos constructivos, decorativos y de mobiliario.
4 (b). Elementos
téxtiles suspendidos, como telones, cortinas, cortinajes...etc;
- Clase 1
conforme a la norma UNE-EN 13773: 2003 “Textiles y productos
textiles. Comportamiento al fuego. Cortinas y cortinajes. Esquema de
clasificación”.
NOTA
Acabo de leer la
norma UNE, jamás se me ocurriría comprársela.
….
son 12 páginas incompletas....entre portada, contraportada, índice,
logos, 4 líneas en varias páginas mencionando las transcripciones
normativas europeas (paja), y un esquema, ya han ocupado 8 de las 12
páginas.....¡increíble!.....para qué regalarles 50 euros, por
NADA.