30 diciembre 2014

Grilletes ¿carcelarios?


Lo que ves en la foto no es ciencia ficción, estas cosas suceden y no debieran. Las eslingas cumplen en todos sus varemos con nota alta, sin embargo el eslingado es para salir corriendo atropelladamente.
Demasiada tecnología para los que se quedaron anudando cáñamos o para los abducidos por los bits ¿Quién sabe? A lo mejor tan sólo se trata de un día espeso, de esos en los que tus legañas enredan a tu sapiencia. Si es así, mejor delega. Hay errores que no te puedes permitir. Podrías matar a personas. Arruinar una función, destrozar el decorado, romper la maquinaria, hundir el piso del escenario y como consecuencia la suspensión del espectáculo con todo lo que ello acarrea.  

29 diciembre 2014

Dispositivos de seguridad en varas contrapesadas

                                 


                                     

Restrictor
Sus levas permiten soportar grandes cargas en desequilibrio incluso sin anillo sujetando la palanca del freno.
Una cerradura de enclavamiento (Corbin tipo émbolo) permite el bloqueo en la posición cerrada para impedir el uso no autorizado.
Se certifica por un laboratorio de pruebas independiente que el freno puede retener más de mil doscientos ( 1.200 ) libra. (544kg)




JRClancy ha introducido un sistema de bloqueo para las varas contrapesadas, único. Diseñado para mejorar la seguridad mediante la prevención de contrapesos "fuera de control". El bloque de frenado SureLock ™ detecta las condiciones de desequilibrio y bloquea el sistema hasta que se restablezca el equilibrio. Un indicador de fácil lectura indica si el peso se debe agregar o quitar del áncora. SureLock no permitirá que el tramoyista abra el freno si detecta más de 50 libras fuera de equilibrio (22,6kg).
Inconvenientes: 
un tirón seco o accionamiento rápido puede interpretarlo como vara descontrolada y bloquear el movimiento.
El auditorio Victor Villegas de Murcia a equipado su telar con 41 Surelocks; Montaje de nuevo freno sobre bancada. El freno deberá disponer obligatoriamente de un sensor con bloqueo mecánico que impida desbloquear el freno si la barra no está correctamente balanceada en la carga. El sistema debe detectar diferencias de carga de cincuenta (50) libras (ca. 22,6 kg) o menos. El nuevo freno dispondrá de posibilidad de montaje de candado con llave para impedir el acceso al freno de personal no autorizado. En el año 2009 tenia un precio aproximado de 695$ más tasas



17 diciembre 2014

¿Imprudencia o la deriva de una crisis?


Hay situaciones difíciles de comprender. Se contrata a un escenógrafo con un jornal nada desdeñable, se retribuye al taller de construcción......y se quedan sin dinero para invertir en seguridad.
Lamentable que aún imperen escenógrafos reñidos con la PRL, o lo que es peor, sin los conocimientos necesarios para desarrollar con dignidad su oficio. ¿Qué hacer? ¿Se le impide a la compañía colgar el decorado? ¿Exigimos el cumplimiento de las NTPs del INSS? ¿Pedimos la certificación de CMU del lote? ¡NO!. Nos refugiamos en la letanía de la crisis por hartazgo de bregar con este tipo de disyuntivas. ¿De que sirve invertir en formación si ante lo aprendido tus experiencias te sugieren que cierres los ojos? Frustrante y desalentador interpretar el papel de observador impasible.  

10 diciembre 2014

¿Te hecho una mano?


Se acabaron los tiempos en que los paisanos del pueblo cargados de buena voluntad, terminada la representación se acercaban a los “cómicos” para echar una mano en el desmontaje y recogida. La situación se pone peliaguda porque la administración de trabajo ha habilitado un buzón en internet para chivatos anónimos. Una empresa que incumpla la obligación de dar de alta a un trabajador en la Seguridad Social tendrá desde ahora una sanción mínima de 3.126 euros, cinco veces superior a la anterior de 626 euros, y máxima de 10.000 euros, frente a los 6.250 euros de antes.
Si además un trabajador que no está de alta sufre una incapacidad temporal y, a consecuencia de ello, la Seguridad Social tiene conocimiento de su situación irregular, la prestación derivada de esta situación será abonada por el empresario, sin perjuicio de que, subsidiariamente y en un primer momento, la administración se haga cargo del pago y luego lo reclame a la empresa (art. 126 de la Ley General de la Seguridad Social). Esa actuación constituye una infracción grave por parte de la empresa, sancionable con multas hasta 10.000 euros. A su vez, lleva aparejada la pérdida de ayudas y bonificaciones desde la fecha en que se cometió la infracción hasta transcurridos dos años.