A
día de hoy, pienso que las pruebas de selección tipo test de opción única no
van dirigidas a encontrar personal cualificado, esas pruebas son el modo
vehicular que mediante el azar facilitan el acceso de personal inapto para
el desempeño de funciones técnicas especializadas. Las cotas más
esperpénticas se alcanzan cuando se ponen en los temarios conocimientos de
calado administrativo o de estructura empresarial.
¿Te situarías debajo de una carga que pesa cientos de kilos, maniobrada por
un operador sin cualificación e inexperto? ¿Dejarías que te operase un
curandero? ¿Contratarías para conducir un autobús a un chófer que no pudiera
certificar estar en posesión del carnet D, que le faculta para ejercer su
oficio?
Entonces. Por qué dejamos manejar maquinaria valorada en miles de euros que
puede herir o matar a personas, bajo la responsabilidad de pseudo
tramoyistas. Es una imprudencia someter a los supuestos tramoyistas a
exámenes propios de una enseñanza somera, a través de los cuales no se
obtienen pruebas concluyentes que demuestren su capacitación. Luego devienen
los accidentes teatrales por negligencias técnicas vinculadas a la
ineptitud. Aunque ante una investigación o demanda por accidente, la
impericia es causa atenuante o eximente para el pseudo tramoyista, pero
involucra en responsabilidad al contratador, no al examinador o tribunal
evaluador.

Cuando los concursos oposición para seleccionar personal escenotécnico se
plantean como un totum revolutum, tácitamente se reta al riesgo. Resulta
incomprensible que teatros con inversiones millonarias donde el 70% de sus
instalaciones de tecnología teatral está compuesta por maquinaria escénica
(superior e inferior), consideren intrascendente en sus convocatorias de
ofertas públicas de empleo, la especialidad de tramoyista. Así que nos
encontramos, que los teatros asumen el rol asignado a los centros de
enseñanza de formación de tramoyistas, de tal manera, que admiten en sus
plantillas a novatos con salarios de profesionales.
Las compañías teatrales con puesta escenográfica compleja, dependientes de
las infraestructuras escénicas del teatro que les acoge, cuando solicitan
los servicios de tramoya oriundos, obtienen las consecuencias que conllevan
los procesos selectivos que contemplan el área de tramoya como algo
secundario o irrelevante. Los teatros inmersos en éstas problemáticas
necesitan corregir el rumbo, reorientar sus departamentos de oficios
técnicos para ofrecer servicios que se marquen como meta la normalidad
vinculada con la excelencia.
Sin secciones de tramoya, secundados por dirección técnica,
luminotecnia y audiovisuales vampirizan todos los recursos económicos e
inversiones en equipamiento técnico.
Quien conozca las estructuras internas de los teatros públicos (no todos)
en cualquiera de sus diferentes modalidades de gestión, sabe que
luminotecnia y audiovisuales copan los perfiles de técnico teatral
instaurados en los teatros. Tales situaciones no son casuales, están
propiciadas por los procesos selectivos de personal, y a resulta de ello nos
encontramos ante la implantación de plantillas descompensadas, desiguales,
donde se obvia previamente a las convocatorias mandatar un análisis de
brechas entre las diferentes disciplinas, dicho de otro modo, detectar las
necesidades presentes desde la introspección estratégica con perspectiva de
futuro.
Con la irrupción de la mecatrónica y la automatización escénica se impone
la planificación de estrategias donde el valor prevaleciente no recaiga
exclusivamente en la formación autodidacta de los tramoyistas. La
escenotecnia actual busca tramoyistas instruidos y expertos. Los
directores profesionales titulados, que gestionan teatros públicos dotados
con maquinaria escénica costosa y compleja (digital o analógica), suelen
establecer departamentos de tramoya teatral integrados por tramoyistas que
hayan demostrado como condición exigible imprescindible en su acceso al
puesto, acreditar disponer de cualquiera certificación que avale la competencia en maquinaria escénica:
ETCP (Tramoyista de teatro)
SQQ31 nivel 3 DQR (tramoyista)
UC1713_3 (nivel 3 tramoyista) acreditación de competencias
profesionales
UC1714_3 (nivel 3 tramoyista) acreditación de competencias profesionales
CFGS del ESTAE-IT (Maquinaria escénica) (2 años de estudios)
CTE (INAEM) (Maquinaria) (2 años de estudios)
Cuando no se formulan ningún tipo de preguntas de cálculo básico de
situaciones que sucederán en un escenario real, piensas en la inconsistencia
de las pruebas que suelen realizarse y por ende en la inconsciencia de los
evaluadores por minusvalorar al sector del espectáculo en vivo.
Nunca insistiré lo suficiente en recordar que por encima de las cabezas de
compañeros técnicos y elenco de artistas, se sitúan los riesgos para
ocasionar daños físicos, de modo, que los tramoyistas constituyen su
salvaguarda.
De la profesionalidad, grado de conocimiento del oficio, experiencia,
pericia, sensibilidad, habilidades, cultura teatral y carácter del
tramoyista, dependerá en parte también, la preservación del equipamiento y
el prestigio institucional, y por supuesto, las cuestiones monetarias
propias y ajenas.
Aunque también podríamos encontrarnos ante requisitos ad hoc en bases
concursales públicas, encaminados a facilitar o contemporizar las
incorporaciones de miembros aliados para modelar redes departamentales
clientelares. Ante esas situaciones prepondera el baremo calificador de
sesgo meritocrático. Cuando se penetra en el lado oscuro de las
convocatorias de técnicos tipo Frankeinsten se intuye el acomodo de pruebas
evaluatorias amoldadas exprofeso, para los pupilos tutelados concurrentes,
en ocasiones, presuntamente con la displicencia de los estamentos
fiscalizadores. Adentrándonos aún más en ese lado oscuro, encontraremos que
quienes elaboran las preguntas y/o pergeñan los ejercicios prácticos, suelen
mantener una relación laboral directa con algunos de los aspirantes a
“promocionar”. Aún sospechando la existencia de vínculos de afinidad que
podrían conllevar dudas razonables acerca de conductas no imparciales, los
candidatos no suelen recusar a los miembros del tribunal, ni éstos en su
prurito interno buscan amparo en la excusación de motu proprio. Ley 40/2015
Régimen Jurídico de la Administración Pública. Art.23 y 24 . Motivo de
abstención (tener relación de servicio con la persona interesada en el
asunto).

¿Puede degenerar aún más la conceptualidad del quehacer en lo que
debe ser el teatro?
Sin duda. Sucede ante la incursión de sectores más tenebrosos integrados
por mercenarios con percepción de inmunidad, que se comportan como dueños
de la propiedad pública, ante la inexistencia de herramientas de control
que auditen sus procedimientos organizativos. Cuando los teatros se dejan
a merced de advenedizos, sin ningún merito curricular que el de ser una
marioneta útil dominada por el algoritmo de la vanidad y sin memoria
histórica, es entonces cuando resurge la precarización.
En mi entorno más cercano, las pruebas de evaluación de competencias recaen
en aspectos espurios que consisten en la expresión mediante entrevista de
aquello que determinados miembros evaluadores quieren oír, obviando que el
reconocimiento y acreditación de competencias profesionales viene regulado
por la Ley Orgánica 3/2022 y R.D 659/2023, de manera, que el Procedimiento
de Evaluación y Acreditación de Competencias (PEAC) recae en el Instituto
Nacional de las Cualificaciones, y a nivel autonómico en Euskal Herria en el
IVAC-EEI.
Organismos independientes de la administración pública garantizarían el
concurso en igualdad de condiciones de los postulantes a tramoyistas. Aunque
no suelen solicitarse sus servicios como supervisores, cuando los objetivos
pretendidos en las convocatorias son otros. Los procedimientos
de selección en teatros públicos (no todos), en mi opinión, son ética y
deontologicamente reprobables porque permiten la consolidación del oportunismo. De tal manera, que llegamos a encontrarnos en los teatros de
las administraciones públicas, con la necesidad de recurrir a técnicos de
sonido o de luces maniobrando maquinaria de tramoya motorizada sin la
formación requerida, con desconocimiento de la diversa normativa referencial
y reglamentación técnica asociada. Maniobras que ejecutan con autorización o
sin ella y sin la presencia de un supervisor competente en aparejo y
metodología de inspección previa del mismo
Cualquier previsión remodeladora de automatización de movimientos aéreos de
tramoya, que no incorpore en el proceso de transición tecnológica a
tramoyistas especializados, avocará a dinámicas de prestación de servicios en
las puestas en escena que derivará en incertidumbres.
Disculpadme por los tumbos argumentales y la diatriba generalizando, pero
se apelotonan los temas y me abruman, así que de algún modo debo
exteriorizarlos.
Comparativa de convocatorias, ahora te toca a ti extraer tus propias
conclusiones:
https://industriasculturais.xunta.gal/sites/default/files/inline-files/bases_tremoia_23.pdf
https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2022/10/31/BOCM-20221031-93.PDF
https://bop.diba.cat/anuncio/descargar-pdf/3359905
https://egoitza.gipuzkoa.eus/gao-bog/castell/bog/2024/05/13/c2403302.pdf